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Los seguros de vida hipotecarios son una modalidad de seguro muy popular en los últimos años y que tienen por objetivo asegurar los préstamos hipotecarios para garantizar que las entidades financieras cobren la cantidad que los clientes adeudan en caso de fallecimiento o invalidez.
Así, una entidad bancaria que conceda un préstamo a un cliente cobrará el total del capital que aún quede por amortizar a dicho cliente en caso de que éste se vea imposibilitado a hacer frente a los pagos como causa de un accidente.
Esto quiere decir que si de un préstamo, por ejemplo, de 200.000 euros, que fue concedido hace dos años, quedan por amortizar 180,000 euros, el banco o caja emisor de dicho préstamo percibiría la cantidad de 180,000 euros, no el total inicial de la hipoteca.
De unos años hasta ahora este tipo de seguros se ha convertido en requisito indispensable para la firma de una hipoteca, pues a las entidades financieras no les gusta dejar nada al azar y caer en el riesgo de una hipoteca impagada a la muerte de un cliente.
Por otro lado, además de en favor de los bancos, estos seguros garantizan un importante beneficio para los familiares de los asegurados, ya que en caso de una invalidez o muerte los herederos no tendrán que hacerse cargo del coste de la hipoteca y pasarán a ser automáticamente propietarios de la vivienda sin que tengan que responsabilizarse del préstamo.
Se puede decir que la principal y más básica diferencia está en la finalidad de unos y otros seguros, es decir, cuál es el motivo por el que se hace el seguro y quién es el beneficiario en caso de muerte del titular.
En el caso del seguro de vida, podemos decir que se trata de un seguro que tiene por objetivo asegurar, a través de indemnizaciones, el medio de vida de los beneficiarios en caso de que el titular del seguro fallezca. Así, habitualmente los beneficiarios son el cónyuge y los hijos, o en su defecto, los herederos que la ley estime oportunos en estos casos.
De esta forma, a pesar de que el asegurado, que podría ser el responsable económico de la unidad familiar, muera o quede impedido para trabajar, será el seguro de vida el que indemnizará a la familia con la prima que el asegurado haya elegido para su póliza.
Por el contrario, el seguro de vida hipotecario tiene como principal beneficiario la entidad bancaria, pues se trata de que la empresa aseguradora se haga cargo de la hipoteca que el asegurado tenga contraída. En este sentido, se puede decir que el verdadero beneficiario es el heredero ya que si bien es cierto que el banco es el que recibe el dinero, es el heredero el que se queda con la propiedad de la casa.
Es conveniente estudiar las diferentes posibilidades que se ofrecen en el mercado para realizar una buena elección. Para el estudio de estas opciones merece la pena evaluar las distintas compañías que ofrecen ambos tipos de seguros, las coberturas que tiene cada póliza y el precio de las mismas.
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